Derechos Humanos, Sin categoría

24 DE MARZO - MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA

La responsabilidad civil – empresarial

Por Walter Bosisio

El apoderamiento forzado de empresas, un capítulo poco transitado de los crímenes de la dictadura. El caso Etchebarne y la CNV, la responsabilidad civil-empresarial en los delitos de lesa humanidad.

A 46 años del inicio de la última dictadura militar genocida y a 39 años del regreso de la vida política bajo las reglas del sistema institucional democrático, la sociedad argentina continúa sosteniendo el proceso inconcluso y permanente de Memoria, Verdad y Justicia. A nivel de la institucionalidad judicial se sostienen procesos jurídicos para el logro de estos fines. De modo particular, cabe destacar que en los territorios donde se inserta la UNAJ se abordan, desde las instancias judiciales, los procesos represivos y los crímenes de lesa humanidad llevados a cabo en el conurbano sur, mediante juicios a los autores de fuerzas policiales y militares responsables de los centros clandestinos de secuestro, detención forzosa ilegal y exterminio de los denominados “Pozo de Banfield”, “Pozo de Quilmes” y el “Infierno” de Avellaneda.

Así como se ha juzgado a  responsables de las fuerzas armadas y de seguridad, también se han juzgado casos de responsables “civiles” del proceso dictatorial genocida. De modo particular, se ha señalado la responsabilidad empresarial en la comisión de delitos de lesa humanidad en la causa de la empresa Ford, en la que “civiles” fueron declarados culpables por su intervención en el proceso represivo contra sus trabajadoras/es. Asimismo, otras causas afines aún siguen en curso, como la del Ingenio Ledesma y su propietario, Luis Blaquier; la del ingenio La Fronterita; o la empresa de transporte La Veloz del Norte (donde luego se liberó a su dueño) y variados procesos más.

Últimamente se han retomado, a la par de otros que prosiguen, juicios a civiles y militares donde se juzga su participación y responsabilidad, como sucede con la causa del Banco de Hurlingham. En este proceso se está juzgando a Juan Alfredo Etchebarne, Presidente de la Comisión Nacional de Valores (CNV), junto a militares ya condenados por otros crímenes de lesa humanidad, como es el caso de Raúl Guglielminetti, alias Mayor Guastavino (que sigue el juicio desde una celda en el Penal U 31 de Marcos Paz por contar con numerosas condenas por sus prácticas genocidas). 

El conjunto de estos hechos viene a confirmar que el proceso dictatorial genocida debe ser concebido no sólo como una dictadura meramente militar, sino como parte de una intervención política estatal militar junto a actores  de la sociedad civil. Esto ha llevado, a lo largo de décadas, desde la transición democrática hasta la actualidad, a generar una producción simbólica con una variada conceptualización colectiva multiactoral: “dictadura cívico militar”, posteriormente “militar empresarial eclesiástica”, y/o también como “dictadura militar corporativa concentrada”. La causa que se aborda a continuación expresa esta tensión de significados y prácticas desplegadas con el último golpe de estado que devino en el exterminio y genocidio de amplios y determinados grupos junto a  una reorganización social, económica y cultural bajo el signo del terror estatal en nuestro país.

Causa “Banco de Hurlingham – Chavanne – Industrias Siderúrgicas Grassi” 

El Ministerio Público Fiscal Nacional y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación impulsan en la actualidad la querella en la causa que investiga la privación ilegítima de la libertad de veintiocho empresarios industriales vinculados a los grupos económicos Chavanne (Banco de Hurlingham) y Grassi (Industria Siderúrgica Grassi) detenidos en el centro clandestino de Campo de Mayo, denominada en aquel entonces como Cárcel de Encausados. Estos hechos se asientan en procesos judiciales iniciados durante el mismo proceso dictatorial genocida, y otros en la transición democrática post 1983. Asimismo, este conjunto de acontecimientos represivos fueron investigados y documentados por la Oficina de Derechos Humanos de la Comisión Nacional de Valores (CNV) durante los años 2012-2013, posibilitando que el Tribunal Oral Federal 3, a cargo del juez Daniel Rafecas, condenara a los principales responsables de los delitos cometidos. Como ya se ha señalado, se juzgan como principales imputados a Juan Alfredo Etchebarne, titular de la CNV y al agente civil de inteligencia del Ejército, Raúl Antonio Guglielminetti. La causa tenía como fecha de inicio de juicio oral el mes de mayo de 2020 pero se vio suspendida por pedido de Etchebarne quien,  de avanzada edad, se encontraba sometido a un supuesto tratamiento de salud.

En el proceso judicial se investiga el secuestro de veintiocho empresarios y profesionales pertenecientes o vinculadas con el grupo económico Chavanne y la industria metalúrgica Grassi. En 1978, estos habían  llevado a cabo la compra del Banco de Hurlingham, propiedad del Grupo económico Graiver (perseguido por la dictadura por su  conexión con el accionar del grupo Montoneros). Los secuestrados fueron acusados de subversión económica, bajo la formalidad de una legalidad fraguada, mediante la aplicación de la Ley 20840. Por un lado las fuerzas militares parecían estar interesadas en descubrir el destino del dinero (60 millones de dólares) recibido por los Montoneros a cambio la libertad de  los empresarios “Hermanos Born” que habían sido secuestrados por la organización. Los funcionarios de la dictadura argumentaban que el dinero era parte de las estrategias de sostén económico y base constitutiva de una “retaguardia de la subversión”. Por otro lado, el accionar desplegado con particular ahínco por Etchebarne en el control y sanción al grupo económico Grassi –Chavanne parece no sólo mostrar el celo profesional de un fiel funcionario a cargo del ente estatal de regulación y control bursátil y financiero, sino su especial interés por apropiarse de una empresa competidora de  ACINDAR SA  en la industria siderúrgica en momentos en que la dictadura apuntaba a su concentración (tanto Etchebarne como Martínez de Hoz había sido directores de la firma antes de ocupar sus cargos en el gobierno). 

Mediante una intervención que implicó una articulación y triangulación entre la Comisión Nacional de Valores (CNV), una Justicia cómplice y corresponsable por medio del Juez Rafael Sarmiento y el aparato represivo a cargo del Coronel Roberto Roualdes (segundo del general Suarez Mason en la subzona Capital), se produjo el avance sobre estos empresarios compradores de la institución bancaria. Veintiocho personas fueron secuestradas y sometidas a cautiverio ilegal, en condición de desaparecidos. Fueron sometidas a interrogatorios y torturadas durante un largo período y mantenidos en denigrantes condiciones de encierro en el ámbito de la Prisión Militar de Encausados de Campo de Mayo. Se trata de uno de los Centros Clandestinos de Detención, Tortura y Exterminio situados en el predio militar, en donde también funcionaron “Campito”, “Las Casitas” y el Hospital Militar. Aunque finalmente fueron liberadas/os (“blanqueados”/formalizados), los desapoderaron del bien que habían comprado (el Banco de Hurlingham) y de otros bienes empresariales y personales.

La demora y el paso del tiempo mediante argumentaciones burocráticas del aparato judicial dejaron también aquí sus huellas. Como en otros casos, ha habido una “impunidad biológica”, dado que otros dos de los represores que participaron de los delitos juzgados (el coronel retirado Francisco Obdulio D’Alessandri y el ex comandante de Gendarmería Nacional Víctor Enrique Rei, detenidos también en el 2013) murieron previamente al reinicio del  juicio.

En esta causa judicial se pudieron retomar las sesiones de las audiencias aún bajo la pandemia y también se habilitaron procesos de asistencia virtual al Juicio. Desde marzo del 2021, todos los martes de cada semana ha avanzado el proceso, que en la actualidad se encuentra en etapa de los alegatos finales de las querellas de la Fiscalía y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, a las que  seguirán  la defensa de Etchebarne y de Guglielminetti. 

Es de notar la  importancia clave que adquiere la continuación del juicio para concretar el castigo correspondiente a un civil, en este caso vinculado al grupo económico ACINDAR, que cumplió cargos de alta jerarquía y responsabilidad en el manejo de un área clave del estado como es el ente estatal regulatorio del mundo de los mercados de Bolsas y Finanzas. Estos hechos simbolizan, no sólo las disputas del capital contra el trabajo en una sociedad capitalista -en la etapa geopolítica de la “Guerra Fría”-. Además,  expresan los conflictos intraclase que llegaron al extremo de la eliminación de la competencia empresarial por parte de quienes tenían el control y eran responsables de los resortes de la gestión estatal bajo la dictadura genocida.

No solo se debe hacer Justicia para efectivizar el derecho a la misma y asegurar una reparación a las víctimas y la no repetición de prácticas genocidas y criminales como modo de control del poder y la dominación societales. El “Nunca Más” que toda la sociedad argentina ha venido sosteniendo desde la transición democrática resuena una y otra vez, y dota de actualidad  y sentido a la conmemoración del 24 de Marzo como el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y Justicia. 

Reiteramos la demanda por el respeto irrestricto del conjunto de los Derechos Humanos (tanto civiles y políticos, como económicos, sociales, culturales y ambientales) como base para la convivencia colectiva en democracia, regulando el uso de la violencia y asegurando el respeto a la Vida, bregando por la necesidad de concretar y profundizar los valores de igualdad, libertad y justicia social en las actuales condiciones sociales de marcada desigualdad.

Acerca del autor / Walter Bosisio

Sociólogo, Docente-Investigador, Director Programa DDHH UNAJ

Compartir

Comments are closed.